Europa Press (Jaen). 15 de Septiembre del 2005
El juzgado de lo contencioso-administrativo número uno de Jaén condenó al Ayuntamiento de Marmolejo (Jaén) y a su alcalde, Cristóbal Relaño (PSOE), por no permitir la celebración del punto de ruegos y preguntas en los plenos municipales desde abril hasta septiembre de 2004.
En la sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press, el juez estima el recurso presentado por los grupos de la oposición (PP, IU y PA) y exige al Ayuntamiento que "proceda a garantizar de forma efectiva el funcionamiento del pleno y la participación de todos los grupos municipales en la formulación de ruegos, preguntas y mociones".
El magistrado considera que la actuación del alcalde "incurre en infracción del ordenamiento jurídico y supone un quebranto de los derechos fundamentales de los concejales de controlar la gestión de Gobierno".
En este sentido, señala que "existe una reiteración sistemática en los plenos que evita los ruegos y preguntas", con lo que "se impide a los concejales su labor de oposición".
El fiscal también se había adherido a la acusación formulada por los grupos de la oposición al considerar que "el levantamiento de las sesiones de los plenos" por parte del alcalde "sin debatir los puntos de ruegos y preguntas podía suponer una vulneración del artículo 23 de la Constitución al no garantizarse la participación de todos los grupos políticos municipales en el control político del Ayuntamiento.
Aunque los autos se ceñían únicamente a los plenos del 27 de septiembre y 27 de octubre de 2004, el juez indica que de las pruebas practicadas en este procedimiento, así como de las actas de los plenos celebrados el 27 de julio, 30 de junio, 27 de mayo y 27 de abril se desprende que esto se producía "sistemáticamente", por lo que procedió a estimar la demanda.
"Este hecho, de forma aislada, no daría lugar a vulneración del artículo 23, pero cuando se hace de forma sistemática, impidiendo que los concejales de los demás grupos puedan ejercitar sus derechos mediante los ruegos y preguntas, sí supone una vulneración en el ejercicio de sus derechos a participar en los asuntos públicos", concluye el magistrado.
sábado, 3 de marzo de 2012
Señor Manolo, mire usted, por donde, es a otros a los que condenaron por no cumplir con lo que realmente es el PLENO. Le recuerdo que usted era parte del Ayuntamiento, por lo que, ¿ era usted culpable o inocente?
2 comentarios:
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Seguro que a Manolo Lozano sí le gustaban estos plenos, donde seguro que cobraba más de 10 euros y donde hacían ilegalidades. Anda Manolito, que pronto te ganarán bie los 10 euros.
ResponderEliminarSi es que este ñiñato es otro complice, por no decir la mano derecha del CR23. Y este es el sucesor del nuevo soe...jjejejejeje.
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